El caso del hombre que cambió de género para poder litigar contra su ex

En Neuquén, Eduardo Horacio Becerra fue acusado por violencia machista. Para responder a esa denuncia y violar la perimetral impuesta sobre su persona, hizo (mal) uso de la ley de identidad de género. Los debates en torno a los límites de la legislación.

Eduarda Horacia solicitó la rectificación de su género en la Provincia de Neuquén y obtuvo tal reconocimiento los primeros días de enero de 2022. Eduarda, en declaraciones públicas a la prensa, admite que realizó este trámite por motivos legales: siente que al ser juzgadx anteriormente como varón en un litigio contra su ex-pareja se encontró muchas veces en desventaja jurídica. Este hecho fue condenado públicamente por algunas instituciones vinculadas a los derechos de las mujeres y tildado de oportunista y fraudulento. El caso, al igual que otros ocurridos en el pasado, agitó las aguas respecto a los límites en la utilización de la Ley de Identidad de Género (LIG), que al no exigir más que la expresión de la simple voluntad, posibilitaría un abuso por parte de quienes intenten sacar ventaja identificándose de un modo distinto al asignado al momento de su nacimiento.

Cambio de sexo

Los sectores reaccionarios a la LIG siempre cuestionaron que esta normativa sea tan abierta respecto a los requerimientos para acceder a la rectificación del sexo. En diversas ocasiones se han generado debates y señalamientos hacia personas que utilizarían la ley para acceder anticipadamente a la jubilación o incluso han circulado expresiones que banalizan el tema, sobre todo ante la posibilidad de que las personas trans accedan a pensiones o cupos especiales al empleo. Todxs hemos oído a algún apolillado vecino decir “ahora te haces travesti y te pagan una pensión”. Esta banalización de la LIG se acrecienta ante casos como el de Eduarda Horacia, pero en esta ocasión adquiere nuevas aristas ya que interpela la agenda de los feminismos.

Técnicamente la solicitud de cambio de género de Eduarda Horacia no es fraudulenta ni infringe ninguna ley. No existe manera de interponerse ante el pedido que esta persona realizó siguiendo los debidos procesos. La ley no exige que la persona demuestre de manera alguna su condición transgénero y es esa una de las virtudes que más firmemente han aplaudido los movimientos por la despatologización de las identidades trans.

En otros países, acceder al cambio registral del sexo en los documentos obliga a las personas a someterse a pericias psicológicas/psiquiátricas, procesos judiciales e incluso a la modificación de sus cuerpos con tratamientos hormonales y cirugías. Para la ley argentina el género es una vivencia personal y autopercibida, por ende no admite mediciones o validaciones externas. Su simple expresión es motivo suficiente para la obtención del reconocimiento.

Entonces, ¿cuál es el problema con Eduarda Horacia?

Contrariamente a lo que muchos han indicado sobre las presuntas ambigüedades que quedan abiertas en la LIG, lo que debe llamarnos la atención son las motivaciones que llevaron a Eduarda Horacia a utilizar este artilugio legal como forma de vehiculizar su demanda. Ante la prensa ha señalado que ahora que tiene su documento que la acredita como mujer, se siente protegida. En el pasado, Eduarda Horacia fue acusadx por su pareja de violencia de género y también del abuso de su hija, situaciones que a su entender no fueron probadas debidamente, sino que se sostuvieron en la tendencia de la justicia a favorecer a las mujeres en tales casos.

También señala haber recibido agresiones por parte de familiares de su ex-pareja frente a los que no puede defenderse de otro modo que amparándose en esta estrategia. Asimismo señaló que la justicia privilegia a las mujeres al momento de determinar la tenencia de los hijos, razón por la cual decidió hacer el cambio de género en su DNI. No dejan de ser cuestionables los motivos de Eduarda Horacia, ya que tuercen los principios en los que se basa la ley. Eduarda no busca validar ante el estado su identidad autopercibida, sino que acude a ella como una estrategia para poder ser juzgadx bajo un estatus diferente. A quienes comprendemos el sentido de la LIG nos escandaliza su banalización, pero muchas leyes han sido y son usadas con sentidos diferentes para las que fueron creadas. Lo que estas acciones ponen en evidencia no es el carácter fallido de la ley, sino los vicios del sistema jurídico en general.

En los últimos años, el reclamo por una reforma judicial transfeminista, evidenció los múltiples obstáculos que mujeres y disidencias sexuales tienen en su tránsito por las instituciones jurídicas. El movimiento #NiUnaMenos produjo una sensibilización respecto a la problemática de la violencia de género, y un conjunto de políticas tendientes a subsanarla. Sin embargo, aún es necesario que la reflexión en torno a la violencia de género transcienda el discurso centrado en las mujeres y pueda comprender una complejidad creciente y mayor que, nos guste o no, debe incluir también a los varones heterosexuales.

En el fondo, Eduarda Horacia lo que evidencia es que el sistema aborda temas profundamente sensibles desde una visión binarizada y punitivista y que estos sentidos lejos están de producir justicia. Es por esa vía, la del discurso punitivista, que algunas funcionarias y activistas feministas neuquinas han señalado que debería revocarse el derecho de Eduarda al cambio de género o encontrarse vías administrativas que “encienden alertas” ante estos casos, algo que absolutamente va en contra del espíritu de libre autodeterminación postulado por la LIG. Hechos como estos nos exigen, antes que escandalizarnos y enojarnos, ponernos a trabajar reflexivamente por construir feminismos amplios, que incluyan multiplicidad de sujetos y que estén más enfocados en transformar las lógicas del castigo, que en reproducirlas. Porque un feminismo que castiga, está lejos de ser un movimiento para la transformación social.

 

Fuente: pagina12.com.ar