La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó a principio de este mes los montos a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes. La medida no afecta a los consumidores.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó a principio de este mes los montos a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes. La medida no afecta a los consumidores.
Se trata de una actualización semestral que se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC. Por lo tanto, esto significa que los topes fijados en enero se mantendrán durante los próximos meses.
Desde el 1° de enero deben informarse las siguientes operaciones solo si superan los siguientes importes:
$600.000: Total de consumos con tarjetas de débito del país. Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
$1.000.000: Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
$2.000.000: Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
La medida no afecta a los consumidores ya que es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.