Así lo resolvió el juez de garantías 3, Guillermo Denier. Fue en base a lo que dispuso la fiscal de Investigaciones 10, Liliana Irala, quien desestimó la denuncia contra uno de los fiscales del caso Cecilia, Juan Martín Bogado, y solicitó el archivo de las actuaciones al no encontrar elementos para imputarlo. La causa se originó por declaraciones en los medios realizadas por Gloria Romero, madre de Cecilia Strzyzowski.
El juez de Garantías 3 (suplente), Guillermo Denier, desestimó la denuncia por un supuesto cobro de coima que apuntaba a uno de los fiscales del caso Cecilia, Martín Bogado. La resolución se basó en lo dispuesto por la fiscal de Investigación 10, Liliana Irala, quien consideró que la acusación realizada en los medios de prensa por parte de Gloria Romero, madre de la joven asesinada el 2 de junio de 2023, no cuenta con el respaldo probatorio suficiente para imputar a Bogado de delito alguno.
En agosto pasado, Juan Martín Bogado, integrante del Equipo Fiscal Especial (EFE) que investiga el femicidio de Cecilia Strzyzowski, solicitó que se abra una investigación respecto de la denuncia pública en su contra que realizó la madre de Cecilia. Romero lo acusó de haber cobrado una coima millonaria para modificar la imputación de los dirigentes piqueteros, Emerenciano Sena y Marcela Acuña, y de este modo beneficiarlos.
Las acusaciones se conocieron en una entrevista televisiva realizada en la señal de cable TN. Allí, la mujer dijo que el fiscal recibió un incentivo millonario para guiar sus decisiones en favor del matrimonio Sena y citó como prueba un mensaje de texto que le envió un detenido. Además, aseguró que, con la llegada de Bogado a la causa, en reemplazo del actual ministro de Gobierno, Jorge Gómez, se comenzaron a dar “todas las irregularidades”.
Sus declaraciones, vale recordar, se dieron a pocos días de conocerse la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional la cual le dio la razón al EFE en cuanto a que el matrimonio Sena debería ser juzgado como partícipes necesarios y no como autores, tal cual lo resuelto en su oportunidad por el juez de Garantías 2, Horacio Sandoval.
En su escrito, presentado ante la fiscal, Laura Vancorbeil, de la Mesa Única de Intervención Temprana del Poder Judicial del Chaco, Bogado solicitó que se abra un expediente y que se cite a declarar a la mamá de Cecilia “ante la gravedad de las acusaciones formuladas”, las cuales son por un delito de acción pública, como lo es el cohecho.
El fiscal pidió que la investigación “vaya hasta las últimas consecuencias para esclarecerlo”, para lo cual estimó pertinente que se ordene “como primera medida el testimonio bajo juramento de la nombrada, a fin de que brinde los datos de la persona (un preso dice) que le envió los mensajes afirmando conocer detalles del delito en cuestión, los datos de identidad de las personas a quienes habría entregado dicha información para que denuncien o que propicien una investigación, como así también cualquier otro dato de relevancia que permita llegar a la verdad de tamaña acusación”.
Finalmente, el 26 de noviembre, el caso tuvo su resolución. El juez Denier desestimó la denuncia realizada por Romero en base a lo dispuesto por la fiscal que investigó el caso, Liliana Irala.
En su escrito, Irala solicitó al juez que archive la causa debido a que no encontró elementos para imputar de delito alguno a su par de Cámara. En su investigación, la fiscal citó a declarar tanto a Romero como al preso que le había enviado la denuncia en cuestión.
La madre de Cecilia ratificó que sólo repitió el mensaje que le habían enviado desde una unidad penitenciaria y que, para ella, resultaba verosímil teniendo en cuenta cómo fue evolucionando la causa desde la llegada de Bogado.
En tanto que el detenido declaró ante la fiscal que él lo único que hizo fue comentarle a Romero lo que se decía en un grupo de WhatsApp que compartían varios presos. Al ser consultado de cuál fue la persona que le aseguró que Bogado había cobrado una coima, dijo desconocerlo. “Fueron comentarios que se hablaron de boca en boca”, afirmó.
“Las acusaciones, en consecuencia, parecen motivadas más por percepciones subjetivas y posibles resentimientos que por hechos específicos comprobables”, consideró la fiscal Irala. “Tal subjetividad resta valor probatorio a sus declaraciones en un contexto judicial, donde la objetividad y la prueba concreta son fundamentales para el avance de cualquier proceso penal”, añadió.
“Así las cosas, entiendo que el Fiscal de Cámara 2, Juan Martín Bogado, ha cumplido con el ejercicio de sus funciones sin que su conducta merezca juicio de reproche a los efectos de la ley penal”, dijo. Y cerró: “En virtud de lo expuesto, y considerando que las pruebas aportadas en la presente causa no alcanzan el estándar necesario para imputar formalmente al Fiscal Bogado, solicito al señor Juez que, en ejercicio de su función, proceda a la desestimación de la denuncia”.