►Causa Exen: Cámara Federal revoca procesamientos y ordena liberar detenidos

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia dictó la falta de mérito para la familia Clinis y ordenó su inmediata libertad al no hallarse pruebas de financiamiento narco en la cadena de gimnasios Exen.

Lectura exprés

  • ¿Qué sucedió?
    La Cámara Federal de Apelaciones revocó los procesamientos, dictó la falta de mérito y ordenó la inmediata libertad de los acusados en la denominada causa Exen.
  • ¿Quiénes son los protagonistas?
    Los integrantes de la familia Clinis y allegados vinculados a la cadena de gimnasios Exen, representados por la abogada defensora Gabriela Tomljenovic.
  • ¿Cuándo ocurrió?
    En las últimas horas, tras la revisión del fallo dictado inicialmente por el juzgado de primera instancia.
  • ¿Dónde fue?
    En la sede de la Justicia Federal de Resistencia, provincia del Chaco.
  • ¿Cómo se produjo?
    El tribunal superior consideró que no se acreditó el nexo entre fondos del narcotráfico y la inversión comercial, respaldada por créditos y contratos de leasing.
  • ¿Por qué es importante?
    Desactiva la hipótesis acusatoria principal de lavado de activos y expone graves falencias probatorias en las actuaciones judiciales preliminares.
  • ¿Qué consecuencias hay?
    Los imputados recuperaron su libertad, mientras se inician reclamos formales para la restitución del equipamiento secuestrado a terceros propietarios.

En una resolución de fuerte impacto judicial y comercial en el fuero de Resistencia, la Cámara Federal de Apelaciones resolvió revocar de manera categórica los autos de procesamiento dictados contra los miembros de la familia Clinis y otros involucrados en la causa vinculada a la cadena de gimnasios Exen. El tribunal de alzada dictó la falta de mérito para los acusados y ordenó su inmediata libertad, al comprobar que la instrucción impulsada por el Ministerio Público Fiscal y convalidada por el juzgado de primera instancia carecía de sustento probatorio concreto para vincular el origen del capital de los establecimientos con maniobras de narcotráfico o lavado de activos.

La resolución judicial desarma el núcleo central de la imputación que había derivado en resonantes allanamientos y detenciones preventivas meses atrás. Al revisar los elementos agregados al expediente, los camaristas concluyeron que las afirmaciones acusatorias presentaban una manifiesta debilidad documental, remarcando que no es viable mantener medidas privativas de la libertad ni procesamientos firmes bajo conjeturas o testimonios imprecisos que no lograron acreditar ningún circuito financiero delictivo.

Falta de nexo con el narcotráfico y respaldo financiero

El argumento primordial sostenido por la acusación intentaba vincular comercialmente a Nicolás Clinis —quien anteriormente desarrollaba tareas de venta automotriz— con la facilitación de vehículos a organizaciones dedicadas al transporte de estupefacientes, deduciendo sin sustento técnico que los dividendos de tales prácticas ilícitas habrían financiado la apertura de los centros de entrenamiento deportivo.

No obstante, el análisis de la Cámara Federal determinó que la fiscalía no logró acreditar la existencia de un solo peso proveniente del circuito narco volcado en la actividad económica de la firma. Por el contrario, la defensa técnica aportó una exhaustiva pericia contable y documental que justificó el financiamiento genuino de la empresa mediante mecanismos crediticios regulares del sistema formal:

  • Líneas crediticias bancarias: Acreditación formal de préstamos y apalancamiento financiero otorgados por entidades bancarias por montos que superaron los 300 millones de pesos.
  • Contratos de leasing y pagarés: Demostración fehaciente de que el equipamiento fitness de alto porte fue adquirido mediante contratos de arrendamiento financiero con opción a compra a nombre de firmas especializadas proveedoras.
  • Flujo operativo y comercial: Constatación de una base activa de clientes que alcanzaba a más de 7.000 socios en los locales de la cadena, generando una facturación recurrente y suficiente para sostener los costos de explotación y pago de cuotas.
  • Inconsistencia del testigo colaborador: Ni siquiera las declaraciones vertidas bajo la figura del testigo arrepentido aportaron datos certeros que vincularan la operatoria de los gimnasios con el narcotráfico.

Duras declaraciones de la defensa: "Se los trató como culpables desde el inicio"

Tras conocerse la determinación de la alzada, la abogada defensora Gabriela Tomljenovic se refirió al fallo y cuestionó duramente los métodos investigativos empleados en el fuero de instrucción. La letrada enfatizó que se vulneró el principio constitucional de inocencia al disponerse encarcelamientos y desapoderamiento de bienes sin contar con un mínimo respaldo pericial.

"Lo que sostuvimos desde el primer momento es que eran personas absolutamente inocentes y que no había una sola prueba en su contra; se los trató como culpables desde el minuto cero y se los desapoderó de sus bienes de manera absolutamente injusta", remarcó Tomljenovic durante la entrevista pública. Asimismo, la profesional describió la angustia de los imputados comparando la situación con la destrucción abrupta de un proyecto de vida: "Construir algo cuesta un esfuerzo inmenso, pero tirarlo abajo basta con un simple soplido; este tipo de procedimientos le destruyen la vida a la gente en una hora".

La abogada aclaró además que Nicolás Clinis jamás eludió el accionar judicial, sino que se presentó por propia voluntad en la frontera argentina ni bien tomó conocimiento de las órdenes de captura emitidas, habida cuenta de que reside y desarrolla actividades comerciales en la República del Paraguay desde hace tiempo sin vinculación societaria formal con la administración de los gimnasios.

El destino de las máquinas y el reclamo de restitución

Uno de los puntos más controvertidos que deja al descubierto la revocación del procesamiento gira en torno al destino del valioso parque de maquinarias y aparatos de musculación que fueron incautados durante los operativos del 7 de agosto. Una parte sustancial de estos elementos fue trasladada en custodia para su uso en dependencias públicas, tales como la Escuela de Policía, mientras que el paradero de otros lotes aún no cuenta con certeza pública.

Al respecto, la defensa explicó que el mayor volumen del equipamiento no pertenecía patrimonialmente a los hermanos Clinis ni a las sociedades investigadas, sino a terceras empresas fabricantes y arrendadoras que financiaron las unidades a través de esquemas de leasing. Estas firmas comerciales damnificadas ya han formulado incidentes de restitución ante los juzgados intervinientes, exigiendo que se devuelvan los bienes a sus legítimos dueños de forma inmediata al haber caído la hipótesis de origen ilícito.

Si bien la resolución de la alzada preserva provisionalmente ciertas medidas cautelares patrimoniales ligadas a inhibiciones bancarias mientras se profundiza la instrucción general, la falta de mérito y la consecuente liberación de todos los detenidos marcan un giro determinante en la causa, dejando abierto un escenario de potenciales reclamos resarcitorios por los daños institucionales, comerciales y morales ocasionados a lo largo del proceso judicial.

 

informe desarrollado desde Fuente/Canal: NGFEDERAL  
►Causa Exen: Cámara Federal revoca procesamientos y ordena liberar detenidos

►Causa Exen: Cámara Federal revoca procesamientos y ordena liberar detenidos

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La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia dictó la falta de mérito para la familia Clinis y ordenó su inmediata libertad al no hallarse pruebas de financiamiento narco en la cadena de gimnasios Exen.

Lectura exprés

  • ¿Qué sucedió?
    La Cámara Federal de Apelaciones revocó los procesamientos, dictó la falta de mérito y ordenó la inmediata libertad de los acusados en la denominada causa Exen.
  • ¿Quiénes son los protagonistas?
    Los integrantes de la familia Clinis y allegados vinculados a la cadena de gimnasios Exen, representados por la abogada defensora Gabriela Tomljenovic.
  • ¿Cuándo ocurrió?
    En las últimas horas, tras la revisión del fallo dictado inicialmente por el juzgado de primera instancia.
  • ¿Dónde fue?
    En la sede de la Justicia Federal de Resistencia, provincia del Chaco.
  • ¿Cómo se produjo?
    El tribunal superior consideró que no se acreditó el nexo entre fondos del narcotráfico y la inversión comercial, respaldada por créditos y contratos de leasing.
  • ¿Por qué es importante?
    Desactiva la hipótesis acusatoria principal de lavado de activos y expone graves falencias probatorias en las actuaciones judiciales preliminares.
  • ¿Qué consecuencias hay?
    Los imputados recuperaron su libertad, mientras se inician reclamos formales para la restitución del equipamiento secuestrado a terceros propietarios.

En una resolución de fuerte impacto judicial y comercial en el fuero de Resistencia, la Cámara Federal de Apelaciones resolvió revocar de manera categórica los autos de procesamiento dictados contra los miembros de la familia Clinis y otros involucrados en la causa vinculada a la cadena de gimnasios Exen. El tribunal de alzada dictó la falta de mérito para los acusados y ordenó su inmediata libertad, al comprobar que la instrucción impulsada por el Ministerio Público Fiscal y convalidada por el juzgado de primera instancia carecía de sustento probatorio concreto para vincular el origen del capital de los establecimientos con maniobras de narcotráfico o lavado de activos.

La resolución judicial desarma el núcleo central de la imputación que había derivado en resonantes allanamientos y detenciones preventivas meses atrás. Al revisar los elementos agregados al expediente, los camaristas concluyeron que las afirmaciones acusatorias presentaban una manifiesta debilidad documental, remarcando que no es viable mantener medidas privativas de la libertad ni procesamientos firmes bajo conjeturas o testimonios imprecisos que no lograron acreditar ningún circuito financiero delictivo.

Falta de nexo con el narcotráfico y respaldo financiero

El argumento primordial sostenido por la acusación intentaba vincular comercialmente a Nicolás Clinis —quien anteriormente desarrollaba tareas de venta automotriz— con la facilitación de vehículos a organizaciones dedicadas al transporte de estupefacientes, deduciendo sin sustento técnico que los dividendos de tales prácticas ilícitas habrían financiado la apertura de los centros de entrenamiento deportivo.

No obstante, el análisis de la Cámara Federal determinó que la fiscalía no logró acreditar la existencia de un solo peso proveniente del circuito narco volcado en la actividad económica de la firma. Por el contrario, la defensa técnica aportó una exhaustiva pericia contable y documental que justificó el financiamiento genuino de la empresa mediante mecanismos crediticios regulares del sistema formal:

  • Líneas crediticias bancarias: Acreditación formal de préstamos y apalancamiento financiero otorgados por entidades bancarias por montos que superaron los 300 millones de pesos.
  • Contratos de leasing y pagarés: Demostración fehaciente de que el equipamiento fitness de alto porte fue adquirido mediante contratos de arrendamiento financiero con opción a compra a nombre de firmas especializadas proveedoras.
  • Flujo operativo y comercial: Constatación de una base activa de clientes que alcanzaba a más de 7.000 socios en los locales de la cadena, generando una facturación recurrente y suficiente para sostener los costos de explotación y pago de cuotas.
  • Inconsistencia del testigo colaborador: Ni siquiera las declaraciones vertidas bajo la figura del testigo arrepentido aportaron datos certeros que vincularan la operatoria de los gimnasios con el narcotráfico.

Duras declaraciones de la defensa: "Se los trató como culpables desde el inicio"

Tras conocerse la determinación de la alzada, la abogada defensora Gabriela Tomljenovic se refirió al fallo y cuestionó duramente los métodos investigativos empleados en el fuero de instrucción. La letrada enfatizó que se vulneró el principio constitucional de inocencia al disponerse encarcelamientos y desapoderamiento de bienes sin contar con un mínimo respaldo pericial.

"Lo que sostuvimos desde el primer momento es que eran personas absolutamente inocentes y que no había una sola prueba en su contra; se los trató como culpables desde el minuto cero y se los desapoderó de sus bienes de manera absolutamente injusta", remarcó Tomljenovic durante la entrevista pública. Asimismo, la profesional describió la angustia de los imputados comparando la situación con la destrucción abrupta de un proyecto de vida: "Construir algo cuesta un esfuerzo inmenso, pero tirarlo abajo basta con un simple soplido; este tipo de procedimientos le destruyen la vida a la gente en una hora".

La abogada aclaró además que Nicolás Clinis jamás eludió el accionar judicial, sino que se presentó por propia voluntad en la frontera argentina ni bien tomó conocimiento de las órdenes de captura emitidas, habida cuenta de que reside y desarrolla actividades comerciales en la República del Paraguay desde hace tiempo sin vinculación societaria formal con la administración de los gimnasios.

El destino de las máquinas y el reclamo de restitución

Uno de los puntos más controvertidos que deja al descubierto la revocación del procesamiento gira en torno al destino del valioso parque de maquinarias y aparatos de musculación que fueron incautados durante los operativos del 7 de agosto. Una parte sustancial de estos elementos fue trasladada en custodia para su uso en dependencias públicas, tales como la Escuela de Policía, mientras que el paradero de otros lotes aún no cuenta con certeza pública.

Al respecto, la defensa explicó que el mayor volumen del equipamiento no pertenecía patrimonialmente a los hermanos Clinis ni a las sociedades investigadas, sino a terceras empresas fabricantes y arrendadoras que financiaron las unidades a través de esquemas de leasing. Estas firmas comerciales damnificadas ya han formulado incidentes de restitución ante los juzgados intervinientes, exigiendo que se devuelvan los bienes a sus legítimos dueños de forma inmediata al haber caído la hipótesis de origen ilícito.

Si bien la resolución de la alzada preserva provisionalmente ciertas medidas cautelares patrimoniales ligadas a inhibiciones bancarias mientras se profundiza la instrucción general, la falta de mérito y la consecuente liberación de todos los detenidos marcan un giro determinante en la causa, dejando abierto un escenario de potenciales reclamos resarcitorios por los daños institucionales, comerciales y morales ocasionados a lo largo del proceso judicial.

 

informe desarrollado desde Fuente/Canal: NGFEDERAL  

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