La resolución de la Anmat explica que las actuaciones se iniciaron en virtud de que el Departamento de Control de Mercado recibió una denuncia por medio de su correo electrónico oficial en relación al producto “CANNABIS CREMA PARA EL DOLOR USO MÉDICO CBD 200 POR 100 CC”, el cual habría sido adquirido por el denunciante en un comercio situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Asimismo, revela que, mediante oficio remitido por el Ministerio de Justicia y Seguridad G.C.A.B.A. Superintendencia de Investigaciones se enviaron a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud los productos secuestrados en las actuaciones sumariales a fin de que se determine su autenticidad y peligro para la salud.

La Anmat determinó que los productos en estudio infringen la norma y por ello recomendó prohibir el uso, distribución y comercialización en todo el territorio nacional. Algunos de ellos afirmaban aliviar dolores y tensiones (Foto Christin Klose/dpa)

Que entre los productos verificados están: “GEL REGENERADOR CARTÍLAGO DE TIBURÓN TRIPLE ACCIÓN, “CREMAGEL SANFIROL, “DESTRABE, “ORIGINAL KALMA YA, “MENTISAN CREMA MENTOLADA, “CANNABIS CREMA PARA EL DOLOR, “GEL DIRECTO AL DOLOR ULTRA KEMGUÉ CONCENTRADO, NUEVA FORMULA ATOM3 MAXIMIZADO”.

El departamento actuante consultó a la Dirección de Gestión de Información Técnica del organismo respecto de los antecedentes de inscripción de los productos y/o firmas en cuestión, la cual informó que no existen registros en los rubros medicamentos, productos médicos ni productos cosméticos y requirió información al Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires con relación al establecimiento Laboratorio Iris S.A., el cual comunicó que no se encuentra habilitado ningún laboratorio bajo dicha denominación en el ámbito de la citada provincia.

Además, consultado que fue el Ministerio de Salud de la provincia de La Pampa mediante correo electrónico informó que no constan registros de los establecimientos Villa Luján y LAB. Rasmussen ni de los productos en cuestión y finalmente, el Ministerio de Salud de la provincia de Chubut mediante correo electrónico señaló que no existe habilitado ningún establecimiento elaborador de medicamentos, cosméticos, ni productos médicos, con la denominación Laboratorio Megapar.

Con todo esto, el Departamento actuante señaló que los productos en estudio infringen la norma y por ello recomendó prohibir el uso, distribución y comercialización en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones de los productos rotulados como en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones de los productos hasta tanto obtengan las autorizaciones para elaborar y distribuir sus productos en la República Argentina.

Asimismo, con el fin de proteger la salud de potenciales adquirentes y usuarios, la Coordinación de Sumarios consideró que resultaba ajustado a derecho tomar una medida sanitaria respecto de los productos y finalmente se remarcó que el producto presenta propiedades propias de un producto apto para el uso humano sin encontrarse autorizado a tal fin ni conocer si los insumos utilizados para su fabricación son aptos para la aplicación en humanos o cuáles son sus efectos reales, por lo que no puede asegurarse que sea seguro ni eficaz, sino todo lo contrario, dado que representa un riesgo para la salud de los potenciales consumidores.