Los abogados de la familia del menor involucrado en el ataque de San Cristóbal confirmaron que el joven de 15 años recibía asistencia psicológica y se autolesionaba. El caso reaviva el debate sobre la imputabilidad de menores.

Lectura exprés
- ¿Qué sucedió?
Se revelaron detalles sobre la salud mental del menor de 15 años acusado de un ataque en San Cristóbal, quien ya se encuentra institucionalizado. - ¿Quiénes están involucrados?
El menor agresor, sus padres (separados), su abuelo materno y los abogados defensores Néstor y Mariana Oroño. - ¿Cuándo ocurrió el contacto con la defensa?
Los abogados asumieron la causa recientemente, tras el shock inicial de los padres al enterarse del hecho. - ¿Dónde se encuentra el menor?
Fue trasladado a un instituto especial para menores en Santa Fe capital, a 170 km de San Cristóbal. - ¿Cómo obtuvo el arma?
Se sospecha que el joven sustrajo una escopeta perteneciente a su abuelo materno, quien vive cerca de la casa de la madre. - ¿Por qué es relevante el perfil psicológico?
La defensa sostiene que existían autolesiones previas y un tratamiento psicológico vigente que incidieron en su conducta. - ¿Qué consecuencias legales habrá?
Al tener 15 años, el joven es legalmente inimputable, aunque se le aplicarán medidas de seguridad tutelares y curativas.
La defensa del tirador de San Cristóbal: Salud mental e inimputabilidad
En el marco de la conmoción nacional por el ataque perpetrado en la localidad santafesina de San Cristóbal, los abogados de la familia del agresor, Néstor y Mariana Oroño, brindaron precisiones fundamentales sobre el contexto previo al hecho. Según la defensa técnica, el adolescente de 15 años, señalado como el autor de los disparos, atravesaba una compleja situación emocional caracterizada por un tratamiento psicológico vigente y episodios de autolesiones en sus brazos, detectados por sus progenitores tiempo atrás.
La doctora Mariana Oroño explicó en declaraciones televisivas que el padre del joven —quien reside en Entre Ríos debido a la separación matrimonial— se encontraba en estado de shock absoluto tras conocer la noticia. El contacto matutino previo al ataque no había mostrado señales de alarma, pero el historial clínico del menor ya indicaba una personalidad retraída y un fuerte vínculo con los videojuegos como principal medio de socialización.
El misterio del arma: La conexión con el abuelo materno
Uno de los puntos clave de la investigación judicial radica en determinar cómo un menor de edad tuvo acceso a un arma de fuego de alto poder. Si bien se confirmó que la escopeta utilizada no pertenecía ni fue facilitada por el padre, las sospechas recaen sobre el abuelo materno del joven. La cercanía entre el domicilio de la madre y la vivienda del abuelo habría facilitado que el adolescente sustrajera el arma sin autorización.
Desconocemos si fue proporcionada voluntariamente o si la tomó por sus propios medios, señaló Néstor Oroño, aunque las versiones preliminares apuntan a un robo dentro del seno familiar. Este dato es vital para establecer posibles responsabilidades de terceros en la cadena de custodia del armamento involucrado en la tragedia.
Marco legal: La ley 22.278 y la inimputabilidad de los 15 años
Desde el punto de vista jurídico, la situación del menor está regida por el Régimen Penal Juvenil vigente, específicamente la ley 22.278. Al tener 15 años, el agresor es considerado legalmente inimputable, lo que significa que no puede ser sometido a un proceso penal ordinario ni recibir una condena de prisión tradicional. Sin embargo, esto no implica su libertad inmediata.
La estrategia de la defensa se centra en solicitar:
- Medidas de seguridad de carácter curativo, dadas sus afecciones psicológicas preexistentes.
- Intervención tutelar para evaluar su entorno familiar y las problemáticas internas que habrían incidido en su estabilidad emocional.
- Internación en establecimientos adecuados, proceso que ya se ha iniciado con su traslado a un instituto especial en Santa Fe capital.
Gabriel Yi, especialista en la materia, consultó a los abogados sobre la posibilidad de que la defensa alegue antecedentes psiquiátricos para evitar incluso las medidas de seguridad. Ante esto, Néstor Oroño fue tajante: La inimputabilidad ya está establecida por ley, y el foco ahora está en asegurar que las medidas no punitivas se ajusten a su real estado de salud mental.
Entrevista con el menor y la "audiencia de formalización"
Recientemente, un colega del estudio Oroño logró entrevistarse con el joven tras su arribo a la capital provincial desde San Cristóbal (distante a 170 km). De ese primer contacto se desprenden datos que refuerzan la teoría de una problemática intrafamiliar severa que habría actuado como detonante. Aunque no se brindaron detalles específicos por tratarse de un menor, los letrados sugirieron que la convivencia en el hogar materno presentaba tensiones significativas.
En las próximas horas se llevará a cabo la audiencia de formalización de cargos, donde se le notificará formalmente el hecho y las pruebas existentes en su contra. A pesar de que no se encontraba bajo tratamiento psiquiátrico medicado —situación que solo puede ser recetada por un médico psiquiatra—, la gravedad de sus autolesiones previas motivó el inicio de la terapia psicológica que mantenía hasta el día del incidente.
La fiscalía, por su parte, deberá recabar información de la institución educativa del menor para determinar si las autoridades escolares estaban al tanto de su cuadro de salud o si hubo señales de alerta omitidas. El caso reabre, una vez más, el debate social sobre la necesidad de reformas en el régimen penal de menores ante delitos de extrema gravedad.

