El Tribunal Oral Penal N° 1 dictó sentencia contra el ex policía tras hallarlo culpable del asesinato de Alfredo Molina y el ataque contra Bárbara Romero. La justicia descartó la hipótesis de emoción violenta.
Lectura exprés
- ¿Qué sucedió?
David Medina fue condenado a 25 años de prisión efectiva tras un juicio por jurados. - ¿Quiénes son los protagonistas?
El condenado David Medina (ex policía) y las víctimas: Alfredo Molina (fallecido) y Bárbara Romero (sobreviviente). - ¿Cuándo ocurrió el fallo?
La sentencia se conoció este miércoles, en una jornada judicial acelerada que incluyó alegatos y veredicto. - ¿Dónde fue?
En el Tribunal Oral Penal N° 1 de la ciudad de Corrientes. - ¿Cuál fue la clave?
El jurado y el tribunal descartaron la defensa de "emoción violenta", confirmando la premeditación y responsabilidad plena. - ¿Qué consecuencias hay?
Medina deberá cumplir la pena en una unidad carcelaria; la familia de la víctima vigilará que no tenga privilegios por tener familiares en el servicio penitenciario.
Sentencia firme en un juicio histórico
En una jornada judicial vertiginosa vivida en la capital correntina, el Tribunal Oral Penal N° 1 condenó a David Medina a la pena de 25 años de prisión. La sentencia llega tras ser hallado culpable por un Jurado Popular de los delitos de homicidio agravado por el uso de arma de fuego —en perjuicio de Alfredo Javier Armando Molina— y homicidio en grado de tentativa agravado por el vínculo y violencia de género (intento de femicidio) contra Bárbara Romero.
El fallo se dio a conocer luego de una rápida deliberación en la audiencia de cesura, donde las partes expusieron sus pedidos de pena. Mientras que la Fiscalía y la Querella habían solicitado una condena de 30 años, la defensa técnica, encabezada por el Dr. Guillermo Busselato, había abogado por la mínima aplicable de 13 años y 4 meses. Finalmente, los jueces optaron por una cifra intermedia, valorando tanto agravantes como atenuantes.
El fin de la "emoción violenta"
Uno de los puntos centrales del debate fue la estrategia de la defensa, que intentó probar que Medina actuó bajo un estado de emoción violenta el día del crimen, ocurrido el 13 de abril de 2024 en San Cosme. Según esta teoría, el acusado habría perdido los frenos inhibitorios al encontrarse con la situación.
Sin embargo, el tribunal fue contundente al rechazar este planteo. En los fundamentos preliminares, se explicó que la emoción violenta requiere de una "causa externa sorpresiva" que nuble la razón, algo que no se pudo acreditar en este caso. "Él fue directamente a ultimarlos", señaló el abogado querellante, Dr. Julio Leguizamón, destacando que el accionar de Medina fue consciente y dirigido.
La palabra de las familias
Tras conocerse el veredicto, el padre de la víctima fatal, quien es además ex jefe de la Policía de Corrientes, se mostró conforme pero cauto. En declaraciones a la prensa, aseguró que la condena trae "tranquilidad", pero advirtió sobre el futuro cumplimiento de la pena.
- Vigilancia estricta: La familia Molina adelantó que solicitará informes constantes al Juzgado de Ejecución, dado que Medina tiene un hermano trabajando en el Servicio Penitenciario.
- Igualdad ante la ley: "Nadie tiene que tener privilegios. Hoy David Medina es una persona condenada y debe tener igualdad ante los otros reclusos", enfatizó el padre de Molina.
Un proceso judicial ágil
El caso destacó por la celeridad de su resolución en la etapa final. A diferencia de otros procesos complejos en la región, como el caso Cecilia en Chaco, en esta oportunidad se concentraron los alegatos finales, el veredicto de culpabilidad del jurado y la audiencia de cesura (imposición de pena) en una misma jornada. La jueza del caso confirmó que la sentencia es de cumplimiento efectivo y que los fundamentos completos se darán a conocer en cinco días hábiles.
La defensa de Medina anticipó que recurrirá el fallo ante el Superior Tribunal de Justicia mediante un recurso de casación, insistiendo en su teoría del caso, aunque por el momento la justicia ha dado un mensaje claro de responsabilidad penal plena.

