Autorizan a Cristina Kirchner a viajar a Cuba entre el 2 y el 10 de julio

El Tribunal Oral Federal N° 2, que lleva adelante el juicio oral de la causa Vialidad, autorizó a Cristina Kirchner a viajar a Cuba entre los días 2 y 10 de julio, para visitar a su hija Florencia, que se encuentra allí en tratamiento médico. En la misma tanda de resoluciones, los magistrados de ese tribunal rechazaron la recusación que había hecho la expresidenta del perito ingeniero que intervendrá en el juicio.

La expresidenta pidió permiso la semana pasada para viajar, y aportó los datos del hotel donde se hospedará, así como también de la reserva de los pasajes aéreos. Su hija Florencia está bajo tratamiento médico en La Habana desde febrero. Aunque en principio había viajado a Cuba para cursar un seminario de cine, la expresidenta comunicó a mediados de marzo que su hija sufría un cuadro de estrés postraumático y que su salud se encuentra en deterioro. Entre el 20 y el 30 de abril, Cristina viajó a visitar a su hija. Desde entonces no se volvieron a ver.

El fiscal de juicio Diego Luciani se opuso al pedido, pero el TOF consideró que, al no haber audiencias de juicio programadas para esas fechas, no habría ninguna afectación al proceso. El juicio oral por la causa Vialidad comenzó el 21 de mayo. Ya se llevaron adelante cuatro audiencias, de las cuales Cristina estuvo presente en tres. El proceso todavía se encuentra en la etapa de lectura del requerimiento de elevación a juicio. Se espera que después de la feria judicial comiencen las indagatorias.

"A pesar de haber comenzado el debate en el marco de la presente causa, lo cierto es que la fecha en la que ha solicitado viajar no implicaría ninguna afectación del cronograma de audiencias ni tampoco importaría su ausencia en el juicio, a raíz de los feriados decretados para los días 8 y 9 de julio del corriente año", indicaron los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, y agregaron que, dentro las 48 horas posteriores a su regreso, Cristina deberá notificar al Tribunal.

La recusación del perito
En la misma tanda de resoluciones, el TOF 2 rechazó la recusación de Eloy Pablo Bona como perito oficial interviniente en la causa. Cristina había pedido desplazar a Bona y designar a otro perito, por considerar que había riesgos de prejuzgamiento (inciso10 del Código Penal) y por el supuesto de enemistad manifiesta con relación a alguno de los interesados en el proceso (inciso 11). En el planteo recusatorio, el abogado de la expresidenta, Carlos Beraldi, había señalado y aportado material de las redes sociales de Bona con expresiones críticas sobre el gobierno kirchnerista, halladas en los "me gusta" del recusado.

En el descargo formulado por Eloy Bona se indicó que la cuenta de Twitter impugnada por Beraldi dejó de ser utilizada en 2017, antes de su ingreso al Cuerpo de Peritos del Poder Judicial de la Nación Especializados en Casos de Corrupción y Delitos contra la Administración Pública, y que las publicaciones señaladas no fueron de su autoría.

El perito también aclaró que el trabajo realizado fue llevado adelante "bajo estricto contralor de los peritos ingenieros de parte" y que "en un informe pericial de ingeniería civil como el proyectado en autos, no existe lugar para la subjetividad y por lo tanto tampoco existe lugar para la parcialidad" por tratarse de una ciencia exacta, cuyos resultados "en su mayoría provienen de ensayos de materiales, de estudios y análisis de estos materiales, de mediciones, de comparaciones con patrones reproducibles o con análisis, proyectos o estudios acreditados".

Bona fue designado el 23 de octubre de 2018. La actividad pericial sobre las obras viales seleccionadas tuvo inicio el 18 de diciembre de 2018, y el plazo de entrega previsto por los profesionales actuantes venció el 10 de junio. Beraldi lo recusó hace apenas un mes, es decir, ocho meses después de haber sido designado, por lo que los jueces consideraron que el planteo es extemporáneo.

Para los jueces, además de lograr el apartamiento del perito oficial, "una eventual aceptación de su reclamo importaría, sin más, la obstaculización del normal desarrollo del estudio pericial, echar por tierra la labor realizada durante más de 5 meses y, en definitiva, neutralizar las tareas emprendidas en ese tiempo".

Sobre la actividad de Bona en la red social Twitter, los magistrados no compartieron el planteo de Beraldi, y señalaron que, además de que los me gusta de Bona fueron anteriores a su ingreso al Cuerpo de Peritos, un "like" (me gusta) es una herramienta cuyos fines pueden ser signos de sátira política, recuerdo, o gracia, de entidad insuficiente para la existencia del supuesto de prejuzgamiento.

"Además de la escasa entidad que posee el likeo en redes sociales para fundar suposición, la vinculación con un posteo de carácter satírico relativo al auto de mérito adoptado por el Sr. Juez de instrucción en estas actuaciones de ninguna forma satisface aquellos requisitos inherentes a la causa de prejuzgamiento, en tanto no se refieren al objeto de su intervención en la presente causa", sostuvieron.

Fuente: lanacion.com.ar

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