Histórico fallo en Corrientes: Condenan a exsecretario judicial por intervenir el celular de su esposa

Un exsecretario judicial fue condenado en Corrientes por un delito de violencia de género digital, al intervenir el celular de su exesposa sin consentimiento. El fallo marca un precedente importante en la protección de la privacidad y la lucha contra la ciberviolencia

 

Un tribunal de Corrientes dictó una condena ejemplar contra un exsecretario judicial, hallándolo culpable de un delito de violencia de género digital. El hombre fue sentenciado por haber intervenido el teléfono celular de su exesposa sin su consentimiento, invadiendo su privacidad y vulnerando sus derechos en un caso que sienta un importante precedente en la provincia.

El exsecretario judicial Pablo Carlos Molina (el primero de la izquierda) junto a sus abogados defensores en la audiencia de debate.

 

Violación de la Intimidad en un Contexto de Violencia

La causa que derivó en esta condena puso de manifiesto una modalidad de violencia de género que, si bien es cada vez más frecuente, no siempre logra ser judicializada con la contundencia necesaria: la **ciberviolencia**. El exfuncionario, cuya identidad fue resguardada por la naturaleza del proceso, utilizó sus conocimientos o acceso a recursos para manipular el dispositivo de la víctima y acceder a sus comunicaciones privadas, mensajes y otra información personal.

Este tipo de acciones no solo representa una violación directa de la intimidad, sino que también se enmarca dentro de patrones de control y acoso que buscan dominar a la víctima. El caso fue investigado bajo los parámetros de la **Ley de Protección Integral a las Mujeres (Ley 26.485)**, que reconoce la violencia psicológica y la violencia digital como formas de agresión.

Un Precedente para la Protección de Datos y Género

La sentencia es considerada un hito significativo en Corrientes y un mensaje claro para quienes incurren en este tipo de delitos. La condena a un exmiembro del poder judicial subraya que nadie está por encima de la ley, y que la justicia está prestando cada vez más atención a las nuevas formas de violencia que emergen con el avance de la tecnología.

Para las organizaciones que luchan contra la violencia de género y por la privacidad digital, este fallo es una victoria. Refuerza la idea de que la invasión de la esfera privada a través de medios electrónicos es un delito grave que debe ser castigado, y sienta una base para futuras denuncias y condenas en casos similares. Es un paso adelante en la construcción de entornos digitales más seguros y respetuosos, especialmente para las víctimas de violencia de género.

 

La orden judicial para escuchar las conversaciones telefónicas firmaron Carlos Soto Dávila y Pablo Molina.

 

 

desarrollo basado en la fuente: cadena3.com 

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